Decreto que autoriza solo el uso de leche fresca en evaporada a la espera de la firma de Castillo
Ministro Óscar Zea se comprometió con los ganaderos a aprobar dicha norma en menos de quince días. La modificación principal establece que la leche evaporada utilice únicamente leche fresca en su elaboración.
El decreto supremo que modifica el Reglamento de la Leche, que plantea elaborar la leche evaporada con solo leche fresca, ya se encuentra en el despacho presidencial y está a la espera de la firma del presidente Castillo y su posterior publicación.
Como se recuerda, el titular del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), Óscar Zea, se comprometió con los ganaderos de Junín a aprobar dicho decreto en un plazo máximo de 15 días, la promesa fue parte de los acuerdos alcanzados para levantar el paro de transportistas y ganaderos que se desarrolló la semana pasada.
Fuentes del Ejecutivo, revelaron a este diario que el documento final ingresó este lunes 4 de abril a las 21:00 p. m., luego de una reunión de tres horas que sostuvieron representantes del Midagri, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Digesa e Inacal.
No obstante, la fuente aseguró que se han hecho algunos “cambios técnicos mínimos” a la propuesta que ingresó el 25 de marzo, y que “se rigen al marco legal de FDA”.
Como se recuerda, el Midagri planteó la propuesta de elaborar la leche evaporada con leche fresca, en línea con una de las demandas de los ganaderos, que acataron un paro nacional el 15 de marzo.
La modificación principal establece que para la elaboración de la leche evaporada se utilice únicamente leche fresca (de vaca) y no se permita el uso de leche en polvo.
Y es que desde el 2017, la industria se rige por el Codex Alimentarius, que permite el uso de leche en polvo para elaborar este producto.
Carlos Lozada, director general de Desarrollo Ganadero del Midagri, explicó que ahora se tomarían como referencia los parámetros de la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA), pero adaptados a la realidad peruana.
Objetivos de la medida
Uno de los objetivos de la medida es que el consumidor se informe de lo que ingiere. Es decir, solo se podrá etiquetar como “leche evaporada” a la elaborada únicamente con leche fresca, y aquella a la que se le mezcla un mínimo de leche en polvo se deberá denominar “leche concentrada”.
“La denominación de leche evaporada se va a reservar exclusivamente para aquella producida a base de leche fresca. Cuando se utilice leche en polvo para hacer recombinación, eso ya no debe llamarse leche evaporada, sino leche concentrada”, precisó el especialista.